Te recordamos que de acuerdo a lo dispuesto por el BCRA a través de las normas de Exterior y Cambios (Comunicación "A" 6823 y siguientes), se encuentran restringidas desde el 31/10/19 la realización de transacciones internacionales con tarjeta de crédito, débito y/o prepagas con comercios de los siguientes rubros:
- Participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo.
- Transferencias de fondos a cuentas en proveedores de Servicios de Pago.
- Transferencias de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados en el exterior.
- Realización de operaciones cambiarias en el exterior.
- Adquisición de cripto-activos en sus diferentes modalidades.
- Adquisición de joyas, piedras preciosas y metales preciosos (oro, plata, platino, etc.).
La realización de operaciones con comercios de dichos rubros será considerara un uso indebido de la tarjeta de crédito en los términos del contractuales.